➡️El acceso a datos personales puede ser clave para una persona que busca cobrar una pensión pues abre posibilidades de continuar con educación, salud, alimentación y recreación, dijo.
➡️Señaló que el IMSS tiene la obligación de entregar información que permita a una persona cobrar una pensión por orfandad que se entrega al hijo menor de edad.
“El acceso a datos personales puede ser clave para una persona que busca cobrar una pensión pues abre posibilidades de mejor educación, salud, alimentación y recreación a quién se beneficia de esta” afirmó la Comisionada al exponer un recurso en Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), donde se determinó que se entregue información personal a una persona para que pueda conocer el dictamen de su solicitud de pensión por orfandad.
“En el INAI, durante este proceso de extinción y transición, hemos insistido en destacar cómo contribuye a resolver casos tangibles de personas que decidieron apoyarse en el derecho a saber y la privacidad” resaltó Del Río Venegas.
El Pleno del INAI instruyó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a entregar información que permita a una persona cobrar una pensión por orfandad otorgada a su hijo menor.
Explicó que, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona solicitó al IMSS la copia certificada de la resolución por pensión de orfandad otorgada a su hijo menor.
En la solicitud, esta persona detalló que dicha pensión fue tramitada en el año 2021 en una clínica del Estado de México, y presentó documentos que acreditan que ella es la titular de los datos personales, por lo cual tiene derecho a acceder a ellos.
El IMSS respondió no haber encontrado registro de la solicitud de pensión en sus sistemas informáticos. Por esta negativa, la persona solicitante interpuso una queja en el INAI en contra del IMSS.
“Después de analizar el caso, determinamos que el IMSS no consultó en todos los sistemas posibles ni buscó el documento con el criterio correcto, por lo cual no es válida la declaración de inexistencia de la información” mencionó.
Y declaró que tras el análisis se determinó que el IMSS sí está en posibilidades de entregar lo requerido pues una pensión por orfandad se otorga posterior al fallecimiento de un asegurado o pensionado y es el representante legal de los hijos menores de edad de hasta 16 años quien la puede solicitar.
Agregó que el Instituto trabajó por años y lo hará hasta el último día de operaciones con el fin de eliminar barreras en el acceso a derechos de las y los mexicanos que se acercan a nosotros.
“Hasta mi último día como Comisionada, apoyaré a personas que buscan pensiones por la causa que sea, pues ellas son quienes se ven beneficiadas por el trabajo que hacemos y las decisiones que tomamos en el Pleno del INAI” finalizó.