Por Claudia Anaya Mota
En los últimos años, hemos sido testigos de un creciente conflicto entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial en México. Este desencuentro ha llevado a la creación de una reforma constitucional que politiza la justicia en el país y ha sido calificada como “una venganza” por el propio presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña.
A partir del 16 de septiembre, cuando la reforma entró en vigor, quienes deseen ser jueces, ministros o magistrados deberán participar en un proceso electoral, a pesar de que no hemos construido con la profundidad necesaria, las leyes secundarias para su implementación ni se ha aprobado el presupuesto necesario para que el Instituto Nacional Electoral lo instrumente.
Ante esta situación, trabajadores del Poder Judicial han solicitado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que evalúe la constitucionalidad de esta reforma; argumentan que pone en riesgo su estabilidad laboral y atenta contra los principios fundamentales de división de poderes y autonomía judicial. Esto ha desatado un intenso debate sobre si la SCJN tiene la autoridad para revisar la constitucionalidad de la Reforma Judicial.
El 3 de octubre, el pleno de la SCJN decidió, con 8 votos a favor y 3 en contra, estudiar detenidamente sus alcances y facultades para este caso y asignó al Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, para que presente un proyecto con sus conclusiones y para luego ser sometido a votación en las próximas semanas.
Como senadora, creo firmemente que la SCJN sí tiene la facultad para revisar esta reforma. Aunque el poder reformador recae en el Legislativo, el Judicial actúa como un guardián que asegura que no se cometan abusos y que la legislación aprobada, no sea regresiva en ningún sentido.
Imaginemos que el Legislativo decidiera legalizar la mutilación corporal como forma de justicia. Esto claramente violaría los principios constitucionales, ya que el artículo 1 establece que los derechos deben ser progresivos, respetuosos del Derecho Internacional y no pueden ser menoscabados. Luego entonces, ante una acción de inconstitucionalidad, consulta o amparo, el poder judicial echaría hacia atrás la hipotética reforma.
La reforma judicial actual, también infringe estos principios al comprometer la seguridad laboral de los jueces y ante todo, limita el acceso a la justicia de la ciudadanía al no tener la garantía de contar con jueces profesionales, imparciales y capacitados. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ya se ha pronunciado en contra de reformas similares en Perú, Bolivia y Venezuela.
Estamos al borde de una crisis constitucional. Si la SCJN determina que esta reforma es inconstitucional, se detendría el proceso de selección de jueces y ministros. Sin embargo, surge una pregunta crucial: ¿quién obligará al Legislativo y al Ejecutivo a acatar esta decisión? Hasta ahora, más de 138 amparos, varias consultas y una controversia constitucional, han sido ignoradas por las autoridades competentes.
La situación es alarmante y requiere atención urgente. La independencia del Poder Judicial es fundamental para garantizar la división de poderes, así como una justicia imparcial y efectiva en nuestro país.