Alistan Ley de amnistía a favor del aborto

Por El Universal y El Imparcial 

Beneficiará a personas que cometieron robo, sin violencia, a indígenas a quienes no se les garantizó el debido proceso, entre otros delitos menores. 

Amnistía no beneficiará  a homicidas o secuestradores, o quienes hayan causado un grave daño a otra persona.

Se prevé que el dictamen se apruebe en comisiones para su posterior votación por el pleno antes de que concluya el periodo de sesiones el 15 de diciembre.

CIUDAD DE MÉXICO.- Las Comisiones Unidas de Justicia y Gobernación de la Cámara de Diputados se alistan para aprobar este jueves la Ley de Amnistía que presentó el presidente Andrés Manuel López Obrador ante el Congreso de la Unión.

El dictamen de esta ley, del cual este medio tiene copia, plantea el otorgamiento del perdón por ilícitos como la interrupción del embarazo (que incluye a la mujer, familiares y médicos practicantes), así como delitos contra la salud cometidos por personas pobres, en extrema vulnerabilidad, que hayan sido excluidas y discriminadas, que tengan alguna discapacidad permanente o que fueron obligadas a delinquir por una persona cercana.

También aplicará para quienes hayan cometido robos simples y sin violencia que no ameriten más de cuatro años de cárcel, así como el delito de sedición y los cometidos por integrantes de pueblos indígenas a quienes no se garantizó un debido proceso

Se prevé que el dictamen se apruebe en comisiones para su posterior votación por el pleno antes de que concluya el periodo de sesiones el 15 de diciembre.

En su exposición de motivos, López Obrador aclaró que la amnistía beneficiará a quienes están en prisión por delitos menores y no a homicidas o secuestradores, o quienes hayan causado un grave daño a otra persona.

¿Qué ilícitos se incluyen?

Aborto cuando se haya llevado a cabo sin violencia y con el consentimiento de la madre.

Delitos contra la salud cuando el que los cometa esté en situación de pobreza, vulnerabilidad o haya sido obligado por criminales.

Robo simple y sin violencia si no amerita prisión de más de cuatro años.

Sedición cuando no se trate de terrorismo, no se utilicen armas de fuego o se haya privado de la vida.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *