En cuanto el partido PAZ pierda el registro se impugnará
Por Prelación la Regiduría es del PVEM
Redacción
La regiduría asignada por el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) a Rafael Rodríguez Espino, del “PAZ para Desarrollar Zacatecas”, es improcedente asegura el ex candidato a presidente municipal de Guadalupe, Zacatecas, Pedro Jasso Carrillo, dado que no obtuvo el porcentaje de votación necesaria para conservar el registro del partido. Las leyes son muy claras y deben respetarse; al respecto la Ley Electoral del Estado de Zacatecas (LEEZ) en su artículo 28, fracción I señala: “Tendrán derecho a participar en el proceso de asignación de regidores por el principio de representación proporcional, los partidos y candidatos que, conservando su registro y cuya planilla no haya obtenido el triunfo por el principio de mayoría relativa obtengan como mínimo el 3% de la votación municipal emitida;” por lo que si no alcanza el registro, el cargo de elección plurinominal igualmente es nulo, señaló Pedro Jasso.
No obstante que el IEEZ ya haya entregado el nombramiento al regidor electo del municipio de Guadalupe, dicho escaño será impugnado una vez que sea oficial la pérdida del registro. Los partidos no deberían nacer sólo para favorecer intereses particulares, familiares o de grupo, el objetivo de éstos debe ir más allá y velar por una verdadera representatividad del ciudadano.
Así mismo Jasso Carrillo, indicó que, igualmente, en base a la LEEZ en su Capitulo Quinto, Artículo 73 párrafo II, ésta a la letra señala: “No obtener en la elección ordinaria inmediata anterior, por lo menos el 3 % de la votación válida emitida en alguna de las elecciones de Gobernador, Diputados o Ayuntamientos”, Añadió que si la regiduría se le dejara al ya mencionado Rafael Rodríguez, se estaría pasando por encima de la ley y si esta no se hace cumplir ¿cómo podría tener la sociedad confianza en sus instituciones? Finalmente, Pedro Jasso Carrillo aseguró tener confianza en el desempeño del Tribunal Electoral del Estado de Zacatecas a cargo del Lic. Esaúl Castro Hernández, para que haga valer la Ley Electoral y se declare la improcedencia de la Regiduría para Rodríguez Espino y por Prelación ésta sea otorgada al PVEM.