Reforman Código Penal de Zacatecas para tipificar delitos de cobro de piso y extorsión

➡️La reforma incluye sanciones a quien transporte, trafique, fabrique, importe o acopie armas

Mediante la aprobación, se precisa la conducta típica del delito de extorsión, mismo que podrá ser cometido vía telefónica o por cualquier otro medio, incluyendo las redes sociales, mecanismo que han utilizado los delincuentes para llevar a cabo, además de la extorsión, los llamados secuestros virtuales. Otra de las modalidades que se incluyen en el delito de extorsión son los monta choques.

También se prevé el delito de derecho de piso, la penalidad agrava cuando sea cometido por servidores públicos, miembros o ex miembros de corporaciones de seguridad pública o privada, así como por personas recluidas en centros de reinserción social; además cuando el sujeto pasivo sea menor de 18 años o mayor de 70; no comprenda el significado del hecho, se trate de mujer embarazada o persona con enfermedad terminal, y cuando el sujeto activo tenga relación de parentesco con la víctima.

Se sanciona a la persona que porte, trafique, fabrique, importe o acopie armas que, dada su naturaleza, solo pueden ser usadas para cometer un delito, por ejemplo, boxers, manoplas, macanas, hondas, correas con balas o pesas, chacos, cadenas, abrojos, cuchillas, erizos, estrellas metálicas o de cualquier material, púas, picos, clavos, poncha llantas o varillas.

Los diputados José Juan Mendoza Maldonado y Ernesto González Romo participaron a favor del dictamen al momento de registrarse la discusión en lo general.